201602.14
1
0

monitor-66618_640

El Colegio de Comisarios aprobó el pasado 2 de febrero el acuerdo político alcanzado entre la UE y los Estados Unidos que, según ha informado la Comisión Europea refleja los requisitos establecidos por el Tribunal de Justicia en su sentencia de 6 de octubre de 2015, en virtud de la cual se declaraba inválido el sistema legal conocido comopuerto seguro o “safe harbour”.

Es un avance a la situación de incertidumbre creada por la citada Sentencia para las empresa que habían transferido los datos de carácter personal de ciudadanos europeos a Estados Unidos bajo el marco del “puerto seguro”, pues los datos transferidos quedaban sin cobertura legal.

La situación actual es que a  pesar del acuerdo, aún no disponemos  un marco legal que permita un mecanismo legal de transferencia de datos  de carácter personal  transatlántico, por lo que, por ahora,y hasta tanto no se cree un nuevo marco legal de cobertura,  el flujo de  datos  a Estados Unidos habrá que hacerse recurriendo a otros mecanismos previstos por la Ley Orgánica de Protección de Datos. 

Según se desprende de lo comunicado por la Comisión Europea, el nuevo mecanismo será más protector de los datos personales de los ciudadanos europeos que se transfieran a Estados Unidos, previendo respecto a éstos, entre otras medidas: (i) mayores obligaciones para las empresas americanas receptoras; (ii) el establecimiento de medidas que limiten el acceso  de las administraciones estadounidenses; (iii) la creación de un nuevo Defensor del Pueblo para tratar las reclamaciones relativas al acceso por parte de las autoridades.

Es un paso importante. Hay que esperar que no se demore.

Más información en  el blog de derecho comercial

Mª Luisa Osuna