201702.10
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No es lícita la publicidad comparativa de precios ofertados por establecimientos de distinta naturaleza, salvo que se informe de las diferencias, según el TJUE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha recordado en su Sentencia del pasado día 8 de febrero de 2017, que en virtud de la Directiva 2006/114/CE, de 12 de diciembre, sobre publicidad engañosa y publicidad comparativa, toda publicidad comparativa sobre precios debe ser objetiva y no debe ser engañosa. Lo interesante de la…