201702.20
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha elaborado con la colaboración de las autoridades catalana y vasca de protección de datos, tres nuevas Guías que contienen directrices dirigidas a facilitar el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), esta vez a las pequeñas y medianas empresas (pymes).

Según la Nota de Prensa publicada por la AEPD, los materiales elaborados son los siguientes:

  • Guía del Reglamento General de Protección de Datos para responsables de tratamiento. El documento recoge las principales cuestiones que las organizaciones deben tener en cuenta para cumplir con las obligaciones recogidas en el Reglamento. La Guía incluye en su parte final una Lista de verificación con la que las entidades pueden determinar si han dado los pasos necesarios para estar en condiciones de hacer una correcta aplicación del RGPD. Guía del Reglamento General de Protección de Datos para responsables de tratamiento

Algunas de las recomendaciones que se ofrecen en la Guía pueden ponerse en práctica de forma casi inmediata, porque tienen que ver con actuaciones que debieran iniciarse ya durante este periodo transitorio. En otros casos, esas recomendaciones o propuestas solo deberán tenerse en cuenta en el momento en que el RGPD sea de aplicación, aunque se han incluido para fomentar que las entidades puedan ir anticipándose al momento en el que las medidas sean de obligado cumplimiento.

Estas directrices se han realizado con la finalidad de que los contratos reflejen todos los contenidos recogidos en el Reglamento.

  • Guía para el cumplimiento del deber de informar. El RGPD concede gran importancia a la información que debe proporcionarse a los ciudadanos cuyos datos van a tratarse, estableciendo una lista exhaustiva de los contenidos que deben ser expuestos de forma clara y accesible. Esta Guía ofrece recomendaciones y soluciones prácticas sobre los modos de proporcionar esta información.

La AEPD ha avanzado también que se está elaborando una una herramienta de autoevaluación online dirigida a favorecer que pequeñas y medianas empresas puedan valorar de forma rápida y sencilla si sólo realizan tratamientos que en principio plantean un bajo o muy bajo riesgo para los derechos de los interesados, y ofrecerles el acceso a las medidas de cumplimiento que el Reglamento Europeo exige en estos casos.

Os recordamos que el nuevo Reglamento entró en vigor el 25 de mayo de 2016, y tendrá aplicación a partir del 26 de mayo del 2018.

Feliz semana¡¡¡

Ana Soto & Mª Luisa Osuna