El pasado 22 de diciembre se publicó en el BOE la Orden VAU/1560/2025, de 22 de diciembre, que aprueba el modelo informativo de arrendamientos de corta duración, el cual entrará en vigor el 2 de enero de 2026. En este texto se hace operativo el sistema de control e intercambio de información del Registro Único de Arrendamientos y de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, e incluye tanto los arrendamientos turísticos, los temporales por motivos laborales, de estudios o médicos, como otros usos no residenciales permanentes.
Están sujetos a la obligación de hacer la declaración tanto los propietarios, titulares o explotadores de alojamientos de corta duración como los operadores que ofrecen estos alojamientos directa o mediante plataformas digitales.
La declaración se realizará anualmente cada mes de febrero, con los datos del año natural anterior y exclusivamente por medios electrónicos a través de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.